Este ejercicio ha puesto a prueba tus conocimientos sobre dos pilares fundamentales de la gestión pública y la transparencia en Colombia: la Contraloría General de la República (CGR) y la Auditoría de Cumplimiento. A continuación, desglosamos cada pregunta para reforzar los conceptos clave y asegurar una comprensión profunda de estas materias.
El Corazón de la Contraloría: Funciones y Estructura
1. ¿Cuál es la función principal de la Contraloría General de la República según la Constitución Política de Colombia?
- Respuesta Correcta: C. La vigilancia de la gestión fiscal y el control de resultado de la administración.
- Análisis: ¡Acertaste! Esta pregunta apunta al núcleo del mandato de la CGR. El Artículo 267 de la Constitución Política es claro al asignar a la CGR la tarea de vigilar cómo se manejan los recursos públicos. Este control no es solo financiero, sino que abarca la gestión y los resultados, siempre buscando la eficiencia, economía, equidad y, crucialmente, la valoración de los costos ambientales. Es fundamental entender que la CGR es el máximo órgano de control fiscal del país.
2. El Contralor General de la República, ¿para qué período es elegido?
- Respuesta Correcta: B. Cuatro años, igual al del Presidente de la República.
- Análisis: ¡Correcto! La elección y el período del Contralor son aspectos clave de su autonomía e importancia. El Artículo 267 constitucional estipula que su mandato es de cuatro años, coincidiendo con el período presidencial, lo que busca alinear los ciclos de vigilancia con los de gobierno.
3. ¿Quién elige al Contralor General de la República?
- Respuesta Correcta: C. El Congreso en Pleno, por mayoría absoluta, de lista de elegibles conformada por convocatoria pública.
- Análisis: ¡Excelente! Este mecanismo, detallado en el Artículo 267 y reforzado por el Artículo 126, busca garantizar la transparencia y el mérito en la selección. La elección por parte del Congreso en Pleno, con mayoría absoluta y a partir de una convocatoria pública, subraya la relevancia nacional del cargo y la búsqueda de un perfil idóneo e independiente.
4. ¿Cuál de las siguientes es una atribución del Contralor General de la República según el artículo 268 de la Constitución?
- Respuesta Correcta: B. Presentar proyectos de ley relativos al régimen del control fiscal y a la organización y funcionamiento de la Contraloría General.
- Análisis: ¡Preciso! El Artículo 268 detalla las múltiples funciones del Contralor. La capacidad de proponer leyes (numeral 9) es vital, ya que permite a la CGR influir activamente en la mejora y actualización del marco normativo que rige el control fiscal, asegurando que se adapte a las nuevas realidades y desafíos.
5. Según el artículo 267 de la Constitución, el control fiscal ejercido por la Contraloría General de la República podrá ser:
- Respuesta Correcta: B. Posterior y selectivo, y además podrá ser preventivo y concomitante.
- Análisis: ¡Acertaste! Esta pregunta refleja una evolución importante. Tradicionalmente, el control era posterior y selectivo. Sin embargo, el Acto Legislativo 04 de 2019 modernizó el Artículo 267, introduciendo el control preventivo y concomitante. Esto dota a la CGR de herramientas para actuar antes y durante la gestión fiscal, no solo después, fortaleciendo significativamente la protección del patrimonio público.
La Lupa de la Auditoría: Cumplimiento y Criterios
6. Según la Guía de Auditoría de Cumplimiento, ¿qué tipo de auditoría se enfoca en determinar si un asunto en particular cumple con las regulaciones o autoridades identificadas como criterios?
- Respuesta Correcta: C. Auditoría de Cumplimiento.
- Análisis: ¡Correcto! La Guía de Auditoría de Cumplimiento (GAC) define claramente este tipo de auditoría. Su objetivo es específico: verificar la conformidad. Se trata de contrastar lo que es (la gestión, el asunto) con lo que debería ser (las regulaciones, las autoridades).
7. En el marco de la Auditoría de Cumplimiento, ¿qué se entiende por «autoridades»?
- Respuesta Correcta: C. El conjunto de disposiciones como la Constitución, leyes, decretos, resoluciones y normas aplicables al sujeto o materia a auditar.
- Análisis: ¡Muy bien! Entender el concepto de «autoridades» es crucial para la Auditoría de Cumplimiento. Como indica la GAC, no se limita a una ley, sino que abarca todo el marco normativo y regulatorio aplicable (desde la Constitución hasta políticas públicas), que sirve como referencia o «criterio» para la evaluación.
8. ¿Cuál es uno de los objetivos de la Auditoría de Cumplimiento, según la Guía de la CGR?
- Respuesta Correcta: B. Promover la transparencia presentando informes confiables sobre si los fondos han sido administrados conforme a las autoridades aplicables.
- Análisis: ¡Exacto! La GAC subraya que la Auditoría de Cumplimiento no solo busca señalar incumplimientos, sino que tiene un propósito más amplio: fomentar la transparencia. Al informar de manera fiable si la gestión se ajusta a las normas, se fortalece la rendición de cuentas y la confianza ciudadana, asegurando que se respete el debido proceso y el uso adecuado de los recursos.
9. De acuerdo con la Guía de Auditoría de Cumplimiento, los criterios de evaluación deben ser, entre otras cosas:
- Respuesta Correcta: B. Pertinentes, fiables, objetivos y comprensibles.
- Análisis: ¡Acertaste! Para que una auditoría sea válida y útil, los criterios contra los cuales se evalúa deben tener ciertas cualidades. La GAC, alineada con normas internacionales (ISSAI 4100), exige que estos criterios sean pertinentes (relevantes al tema), fiables (se puede confiar en ellos), objetivos (imparciales), comprensibles (claros), y también completos, aceptables, accesibles y comparables. Esto garantiza la calidad y credibilidad de la auditoría.
10. La Guía de Auditoría de Cumplimiento establece que el informe de auditoría puede ser breve o extenso. ¿Qué factor NO influye necesariamente en la definición del tipo de informe?
- Respuesta Correcta: C. La preferencia personal del equipo auditor.
- Análisis: ¡Perfecto! La elección del formato del informe debe basarse en criterios objetivos. La GAC menciona factores como el mandato de la CGR, las leyes, el objetivo de la auditoría y la complejidad del tema. La subjetividad o preferencia personal del auditor no es un criterio válido, ya que se busca la objetividad y la utilidad del informe para sus destinatarios.
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