Sección 3: Estructura y Funcionamiento del Estado Colombiano
Esta sección es clave para entender cómo se organiza el poder en Colombia y cómo funcionan las instituciones que garantizan el cumplimiento de la Constitución.
Acción de Tutela: Mecanismo constitucional que permite a toda persona reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales cuando resulten vulnerados o amenazados.
Acto Legislativo: Modificación a la Constitución Política de Colombia aprobada por el Congreso de la República. Los extractos muestran varios actos legislativos que modifican o adicionan artículos.
Área Metropolitana: Entidad administrativa conformada por dos o más municipios con relaciones económicas, sociales y físicas interdependientes, organizada para programar y coordinar su desarrollo y prestación de servicios públicos.
Autonomía Universitaria: Principio que garantiza a las universidades la facultad de darse sus propias directivas, regirse por sus estatutos y desarrollar sus funciones académicas y administrativas de acuerdo con la ley.
Bien Común: Principio que limita la actividad económica y la iniciativa privada, orientándolas hacia el interés general de la sociedad.
Bienes de Uso Público: Bienes pertenecientes a la Nación que son inalienables, imprescriptibles e inembargables, como parques naturales o patrimonio arqueológico.
Buena Fe: Postulado ético y jurídico que rige las actuaciones de particulares y autoridades públicas, presumiéndose en las gestiones ante éstas.
Censura: Prohibición expresa en la Constitución de imponer restricciones previas a la libertad de expresar y difundir el pensamiento y opiniones, e informar y recibir información.
Ciudadanía: Condición previa e indispensable para ejercer el derecho de sufragio, ser elegido y desempeñar cargos públicos con autoridad o jurisdicción, sujeta a pérdida o suspensión legal.
Concejo Municipal: Corporación político-administrativa elegida popularmente en cada municipio, encargada de reglamentar funciones, adoptar planes de desarrollo, votar tributos y gastos locales, y ejercer control político sobre la administración municipal.
Congreso de la República: Rama del poder público encargada de hacer las leyes, reformarlas y derogarlas, y ejercer funciones de control político. Compuesto por el Senado y la Cámara de Representantes.
Contraloría General de la República: Organismo de control encargado de la vigilancia de la gestión fiscal del Estado, incluyendo el control financiero, de gestión y de resultados, de acuerdo con la ley.
Debido Proceso: Principio que se aplica a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas, garantizando un juicio justo, ante juez competente, con leyes preexistentes, derecho a la defensa, presentación y controversia de pruebas, y la prohibición de ser juzgado dos veces por el mismo hecho.
Defensor del Pueblo: Autoridad que forma parte del Ministerio Público, encargada de velar por la promoción, ejercicio y divulgación de los derechos humanos.
Desaparición Forzada: Acto prohibido por la Constitución en el Título II, considerado una grave violación de derechos.
Educación: Derecho de la persona y servicio público con función social, obligatorio entre los cinco y quince años, con gratuidad en instituciones estatales, y responsabilidad compartida entre el Estado, la sociedad y la familia.
Entidades Territoriales Indígenas: Divisiones territoriales especiales que podrán constituirse con sujeción a la ley orgánica y estarán gobernadas por consejos indígenas según usos y costumbres.
Espectro Electromagnético: Bien público inenajenable e imprescriptible sujeto a la gestión y control del Estado, garantizando igualdad de oportunidades en su uso y evitando monopolios.
Estado de Conmoción Interior: Estado de excepción que el Presidente de la República puede declarar por un término limitado ante una grave perturbación del orden público que no pueda ser conjurada con atribuciones ordinarias.
Estado de Emergencia: Estado de excepción que el Presidente de la República puede declarar por un término limitado ante hechos que perturben o amenacen perturbar el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública.
Estado de Guerra Exterior: Estado de excepción que el Presidente de la República puede declarar con la firma de todos los ministros ante una guerra exterior.
Expropiación: Privación de la propiedad privada por motivos de utilidad pública o interés social definidos por el legislador, mediante sentencia judicial e indemnización previa (con excepciones legales por equidad).
Extradición: Proceso mediante el cual un Estado entrega a una persona a otro Estado para ser juzgada o cumplir una condena. Regulada en la Constitución, con prohibición para delitos políticos.
Fiscalía General de la Nación: Organismo encargado de adelantar el ejercicio de la acción penal e investigar los delitos, con excepciones para ciertos delitos cometidos por miembros de la Fuerza Pública.
Flagrancia: Situación en la que un delincuente es sorprendido cometiendo un delito, permitiendo su aprehensión por cualquier persona y puesta a disposición judicial.
Fuerza Pública: Integrada exclusivamente por las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, con el fin primordial de defender la soberanía, la independencia, la integridad territorial y el orden constitucional.
Fuero Constitucional: Protección legal que otorga a ciertos altos funcionarios del Estado la prerrogativa de ser juzgados por tribunales o cortes específicas, como la Corte Suprema de Justicia.
Gasto Público Social: Componente del presupuesto estatal que agrupa las partidas destinadas a la solución de necesidades insatisfechas de la población (salud, educación, saneamiento, agua potable), teniendo prioridad en los planes y presupuestos.
Gobernador: Jefe de la administración seccional y representante legal del departamento, elegido popularmente, y agente del Presidente de la República para el orden público y la ejecución de políticas.
Habeas Corpus: Derecho de quien estuviere privado de su libertad a invocar ante cualquier autoridad judicial, en todo tiempo, que decida sobre la legalidad de dicha privación en un término de treinta y seis horas.
Intimidad: Derecho de todas las personas a su intimidad personal y familiar, y a su buen nombre, que el Estado debe respetar y hacer respetar. Incluye el derecho a conocer, actualizar y rectificar información en bancos de datos.
Inviolabilidad de la Vida: Principio fundamental que prohíbe la pena de muerte.
Junta Administradora Local (JAL): Órgano de elección popular en comunas y corregimientos, encargado de participar en la elaboración de planes de desarrollo locales, vigilar servicios e inversiones, formular propuestas y distribuir partidas presupuestales asignadas.
Jurisdicción Especial para la Paz (JEP): Componente de justicia del SIVJRNR, con competencia sobre conductas cometidas con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado, aplicando un tratamiento especial basado en la verdad, reparación y no repetición.
Libertad de Cultos: Derecho a profesar libremente la religión y difundirla individual o colectivamente, con todas las confesiones religiosas e iglesias igualmente libres ante la ley.
Libertad de Conciencia: Garantía de que nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia.
Libre Desarrollo de la Personalidad: Derecho de todas las personas a desarrollarse libremente sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.
Monopolio Rentístico: Monopolio establecido como arbitrio rentístico con finalidad de interés público o social, cuyas rentas suelen tener destinación específica (salud, educación).
Moción de Censura: Mecanismo de control político que permite al Congreso o a los concejos distritales/municipales separar de su cargo a un ministro o secretario del despacho del alcalde, respectivamente, por asuntos relacionados con sus funciones o por desatención a requerimientos.
Nacionalidad: Vínculo jurídico y político que une a una persona con el Estado colombiano, adquirido por nacimiento o adopción, y que confiere derechos y deberes.
Orden Público: Condición necesaria para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar la convivencia pacífica de los habitantes, siendo responsabilidad de las autoridades mantenerlo.
Patrimonio Cultural de la Nación: Bienes culturales que conforman la identidad nacional, bajo la protección del Estado y considerados inalienables, inembargables e imprescriptibles.
Patrimonio Familiar Inalienable e Inembargable: Bienes de la familia que la ley puede determinar como no susceptibles de ser enajenados o embargados, buscando su protección integral.
Paz: Un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento, fundamental para la convivencia y el desarrollo.
Personalidad Jurídica: Derecho de toda persona al reconocimiento de su existencia como sujeto de derechos y obligaciones ante la ley.
Personería Jurídica (de partidos políticos): Reconocimiento legal otorgado a partidos y movimientos políticos que les permite actuar como sujetos de derecho, postular candidatos y acceder a financiación estatal.
Plan Nacional de Desarrollo: Instrumento de planeación elaborado por el Gobierno Nacional, conformado por una parte general (propósitos, objetivos, estrategias) y un plan de inversiones públicas, que orienta la acción estatal y territorial.
Prevalencia (de tratados internacionales): Principio según el cual los tratados y convenios internacionales ratificados por Colombia que reconocen los derechos humanos y prohíben su limitación en estados de excepción, tienen un orden superior en el derecho interno.
Principio de Oportunidad: Facultad que la ley puede establecer para la Fiscalía General de la Nación para suspender, interrumpir o renunciar a la persecución penal en ciertos casos, bajo control judicial.
Procurador General de la Nación: Jefe del Ministerio Público, encargado de la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas.
Progenitura Responsable: Regulación legal que establece los deberes de la pareja en relación con el número de hijos que deciden tener y su sostenimiento y educación.
Propiedad Intelectual: Derecho protegido por el Estado que reconoce a los autores de creaciones artísticas, literarias y científicas, e inventores, por un tiempo y mediante formalidades legales.
Propiedad Privada: Derecho garantizado por la Constitución, con arreglo a las leyes civiles, que no puede ser desconocido ni vulnerado por leyes posteriores, aunque está sujeto a la prevalencia del interés público o social y tiene una función social y ecológica.
Regalía: Contraprestación económica a favor del Estado generada por la explotación de un recurso natural no renovable.
Rentas Nacionales de Destinación Específica: Prohibición general en la Constitución de asignar ingresos nacionales a fines específicos, con excepciones para participaciones territoriales, inversión social y transferencias existentes.
Reparación Integral: Garantía estatal a las víctimas de graves violaciones de derechos humanos e infracciones al DIH de recibir medidas de reparación (individual o colectivamente) de manera integral, adecuada, diferenciada y efectiva.
Resguardos Indígenas: Tierras de propiedad colectiva de los grupos étnicos indígenas, inalienables e inembargables.
Responsabilidad Patrimonial del Estado: Obligación del Estado de responder por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas.
Seguridad Social: Derecho irrenunciable garantizado a todos los habitantes, que comprende la prestación de servicios por entidades públicas o privadas, con sostenibilidad financiera del sistema pensional.
Servicios Públicos: Actividades inherentes a la finalidad social del Estado, cuya prestación eficiente debe ser asegurada a todos los habitantes, pudiendo ser prestados por diversas entidades bajo regulación y control estatal.
Sistema General de Participaciones (SGP): Sistema mediante el cual la Nación transfiere recursos a los departamentos, distritos y municipios para financiar los servicios a su cargo, con criterios de distribución establecidos por la ley.
Sistema General de Regalías (SGR): Conjunto de ingresos, asignaciones, órganos, procedimientos y regulaciones relacionados con la explotación de recursos naturales no renovables, con destinación específica para desarrollo social, económico y ambiental, ahorro pensional, ciencia, tecnología e innovación, y fiscalización.
Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR): Sistema creado en el marco de la terminación del conflicto armado, con un enfoque integral y basado en los derechos de las víctimas, que incluye la Jurisdicción Especial para la Paz.
Sostenibilidad Fiscal: Marco que debe orientar a las ramas y órganos del poder público para alcanzar progresivamente los objetivos del Estado Social de Derecho, aunque sin menoscabar los derechos fundamentales.
Territorios Indígenas: Entidades territoriales que podrán conformarse con sujeción a la ley orgánica y estarán gobernadas por consejos indígenas.
Tortura: Acto prohibido por la Constitución en el Título II, considerado una grave violación de derechos.
Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos: Acuerdos ratificados por Colombia que reconocen y protegen los derechos humanos, prevaleciendo en el orden interno y sirviendo como criterio de interpretación para los derechos y deberes constitucionales.
Trata de Seres Humanos: Acto prohibido por la Constitución en el Título II, considerado una forma de esclavitud o servidumbre.
Tribunal para la Paz: Órgano jurisdiccional que forma parte de la Jurisdicción Especial para la Paz, encargado de administrar justicia en el marco del SIVJRNR.